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Visado de estudiante en España: requisitos y pasos en 2026

Para quien no es de la UE y quiere estudiar un grado, un máster o una FP en España. Te explicamos las reglas vigentes desde mayo de 2025 y te ayudamos a preparar tu solicitud.

¿Es para ti?

Esta vía es para ti si no eres de la UE, del EEE ni de Suiza. Necesitas plaza a tiempo completo en un centro español reconocido. Desde el 20 de mayo de 2025 la regula el nuevo Reglamento de Extranjería (Real Decreto 1155/2024).

Ahora solo valen estos estudios, y nunca si son solo online:

  • Estudios superiores: grados y másteres (oficiales o títulos propios), FP de grado superior y enseñanzas artísticas o deportivas superiores. Presenciales o híbridos; si no son universitarios, con al menos un 50 % presencial.
  • Secundaria postobligatoria: bachillerato o FP de grado medio, entre otros, con al menos un 50 % presencial.
  • Cursos de español: presenciales, en una escuela oficial de idiomas, un centro acreditado por el Instituto Cervantes o una universidad reconocida. Solo si el español no es tu lengua materna ni la oficial de tu país.

Si tu curso dura 90 días o menos, no necesitas visado de estudios: te basta con una estancia de turista.

¿No vienes a estudiar? Si trabajas en remoto, mira el visado de nómada digital; si vives de tus ahorros, la residencia no lucrativa.

Requisitos

  • Admisión a tiempo completo en un centro autorizado y matrícula pagada (vale el pago fraccionado).
  • Edad mínima: 17 años en estudios superiores y 18 en el resto. Desde España, mayoría de edad.
  • Medios: el 100 % del IPREM al mes, salvo que tengas pagado el alojamiento de toda la estancia. El coste de los estudios no cuenta.
  • Seguro médico de una aseguradora autorizada en España, con cobertura similar a la sanidad pública.
  • Sin antecedentes penales en los países donde viviste los últimos cinco años, si vas a estar más de seis meses.
  • No padecer enfermedades graves para la salud pública ni estar en España de forma irregular.
Medios en 2026% del IPREMAl mes12 meses
Estudiante100 %600 €7.200 €
Primer familiar75 %450 €5.400 €
Cada familiar más50 %300 €3.600 €

Las instrucciones oficiales piden acreditar los requisitos para todo el periodo solicitado. Algunos consulados, como el de Buenos Aires, cuentan como máximo 12 meses. Confírmalo en el tuyo.

Familia. Solo en estudios superiores pueden acompañarte tu pareja y tus hijos menores o dependientes. Pueden pedirlo contigo o después, si a tu autorización le quedan al menos 90 días. Tendrán tu misma duración, pero no podrán trabajar.

Documentos

  • Formulario de visado nacional (desde España, el modelo EX-00) y foto reciente.
  • Pasaporte con al menos un año de validez.
  • Carta de admisión y pago de la matrícula, con fechas y modalidad del curso.
  • Prueba de medios: extractos bancarios, beca o compromiso de tus padres.
  • Póliza del seguro. Muchos consulados la exigen sin copagos ni carencias y rechazan los seguros de viaje.
  • Antecedentes penales, si la estancia supera seis meses.
  • Certificado médico en el consulado. Algunos solo lo piden para más de 180 días; desde España no se exige.
  • Justificante de la tasa y, si tienes 17 años, la autorización de tus padres.

Los documentos extranjeros van legalizados o apostillados y traducidos al español. Revisa la lista de tu consulado antes de pedir cita.

Paso a paso

Desde tu país

  1. Consigue la admisión y paga la matrícula.
  2. Pide cita en el consulado de España de tu lugar de residencia.
  3. Presenta la solicitud al menos dos meses antes del curso.
  4. Resuelven en un mes, o más si piden documentos o una entrevista. Sin respuesta, se entiende denegada.
  5. Recoge el visado en los dos meses siguientes. No compres billetes antes.
  6. Si vas a estar más de seis meses, pide la TIE (tarjeta de identidad de extranjero) en el mes siguiente a tu llegada.

Desde España

Si estás en España de forma regular, incluso como turista, puedes pedirla aquí para estudios superiores. Preséntala al menos dos meses antes de que acabe tu estancia legal y dos antes del curso. Se presenta en la Oficina de Extranjería de la provincia donde estudiarás o en la sede electrónica Mercurio. Resuelven en dos meses; sin respuesta, se entiende denegada.

Por ejemplo, si entras sin visado con 90 días de estancia, tendrías que presentarla en tu primer mes. Para bachillerato o FP de grado medio, desde aquí necesitas ya una residencia con dos meses de validez.

Costes y tasas

ConceptoTasa oficial
Visado nacional en el consulado90 € en general, en moneda local
Autorización desde España (790, código 052)10,94 €
Prórroga (790, código 052)17,49 €
Primera TIE (790, código 012)16,08 €
TIE tras una prórroga (790, código 012)19,30 €

Algunas nacionalidades pagan otra tasa de visado por reciprocidad. Por ejemplo, los estadounidenses pagan 160 USD en Los Ángeles y Miami. El consulado de Bogotá no cobra la tasa a los colombianos. Si te deniegan el visado, la tasa no se devuelve.

Suma el seguro, las traducciones y las apostillas. Con nosotros, la primera llamada es gratis y la asesoría personalizada cuesta 50 €.

Importes de la Orden PJC/617/2025 (BOE), revisados en octubre de 2026.

Errores frecuentes

  • Pagar un curso online o un centro sin reconocimiento oficial.
  • Elegir un curso de español siendo de un país hispanohablante.
  • Presentar con menos de dos meses de margen.
  • Contratar un seguro de viaje o con copagos.
  • Trabajar más de 30 horas semanales: es causa de extinción de tu autorización.
  • No aportar la matrícula al inicio de cada curso.
  • Dejar pasar el mes para pedir la TIE.

Prórroga y qué hacer al terminar

En estudios superiores, la autorización cubre toda la carrera, más un mes antes y quince días después. Cada curso aportas tu matrícula. En el resto dura hasta un año.

Para alargarla, pide la prórroga entre dos meses antes y tres meses después de que caduque. Dura lo que el curso, como máximo un año, y caben dos (una en cursos de idiomas). Resuelven en un mes; sin respuesta, se entiende denegada.

Al terminar tus estudios

  • Buscar empleo o emprender: si terminas en España un grado o un nivel superior, puedes pedir 24 meses de residencia, sin prórroga. Pídela en los 60 días previos a que caduque tu estancia, o hasta 90 días después con posible sanción. Necesitas medios y seguro; la tasa es de 10,94 €. Si no contestan en 20 días, se entiende concedida. En ese tiempo no puedes trabajar.
  • Trabajar por cuenta ajena: con el título y un contrato. A tiempo parcial, el sueldo anual debe llegar al SMI de jornada completa (17.094 € en 2026). La autorización inicial dura un año.
  • Trabajar por cuenta propia: con el título, los permisos de tu actividad y una inversión suficiente.

Desde abril de 2026, el paso a trabajo se pide entre dos meses antes y tres después de acabar tu estancia u obtener el título. Si lo presentas a tiempo, tu autorización sigue válida hasta la resolución. No cabe si estudiaste con una beca de cooperación al desarrollo.

Tasas: 10,94 € y, por el trabajo, 203,84 € (407,71 € si cobras dos veces el SMI o más), que en cuenta ajena paga la empresa. Si el empleo es muy cualificado, mira la vía de profesional altamente cualificado.

El tiempo como estudiante cuenta al 50 % para la residencia de larga duración UE, si al pedirla ya estás en situación de residencia.

Cómo te ayudamos

  • Comprobamos que tu curso y tu centro encajan en el nuevo reglamento antes de que pagues.
  • Calculamos los medios que necesitas para ti y tu familia, y revisamos tus extractos.
  • Te decimos si te conviene pedirlo desde tu consulado o desde España, con los plazos marcados.
  • Preparamos y revisamos tu expediente: seguro, antecedentes, apostillas y traducciones.
  • Te acompañamos con la TIE, las prórrogas y el paso a búsqueda de empleo o a trabajo.

Empieza con una llamada gratis para ver tu caso. Si necesitas más, la asesoría personalizada cuesta 50 €.

Preguntas frecuentes

¿Puedo trabajar con el visado de estudiante?

Sí, si cursas estudios superiores: hasta 30 horas semanales, por cuenta ajena o propia y sin trámite adicional. En otros estudios necesitas una autorización aparte.

¿Cuánto dinero necesito en 2026?

600 € al mes (100 % del IPREM), o 7.200 € para 12 meses. Suma 450 € al mes por el primer familiar y 300 € por cada uno más.

¿Puedo pedirlo estando en España como turista?

Sí, para estudios superiores. Debes presentarlo al menos dos meses antes de que acabe tu estancia legal y dos meses antes del curso.

¿Me sirve un curso de español?

Solo si es presencial, en una escuela oficial de idiomas, un centro acreditado por el Instituto Cervantes o una universidad reconocida. Y el español no puede ser tu lengua materna ni la oficial de tu país.

¿Puede venir mi familia?

Sí, si cursas estudios superiores: tu pareja y tus hijos menores, con tu misma duración. Ellos no pueden trabajar.

¿Qué hago cuando termine?

Con un grado o un título superior, puedes pedir 24 meses para buscar empleo o emprender. También puedes pasar a residencia y trabajo con un contrato o tu propio negocio.

Fuentes oficiales

Esta información es orientativa y no sustituye el estudio de tu caso. Las cifras y las tasas cambian, y revisamos esta página cada vez que cambia la normativa.