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Trabajo cualificado · Ley 14/2013

Profesional altamente cualificado (PAC) y tarjeta azul-UE

Para quien viene de fuera de la UE con una oferta de trabajo cualificado en España. Te ayudamos a elegir entre la PAC nacional y la tarjeta azul-UE y a preparar un expediente completo para la UGE-CE.

¿Es para ti?

Este permiso es para ti si una empresa en España quiere contratarte para un puesto cualificado y no eres ciudadano de la UE, del EEE ni de Suiza. Lo regula la Ley 14/2013, con plazos mucho más cortos que el régimen general de extranjería.

Tiene dos modalidades. Las dos se piden ante la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (UGE-CE):

  • Autorización nacional para profesionales altamente cualificados (PAC): vale para España. Basta un título de Técnico Superior o tres años de experiencia equivalente.
  • Tarjeta azul-UE: es el permiso europeo para trabajo cualificado. Pide más formación y un contrato de al menos seis meses, pero da ventajas dentro de la UE.
PAC nacionalTarjeta azul-UE
FormaciónTécnico Superior (MECES 1) o 3 años de experienciaTítulo superior de 3 años o más (MECES 2) o 5 años de experiencia
ContratoOferta de empleo en EspañaContrato u oferta firme de 6 meses o más
Salario mínimo 202641.356,36 €41.356,36 € (reducido: 33.085,09 €)
Dimensión europeaSolo EspañaMovilidad simplificada en la UE

¿Cuál te conviene?

Si cumples los requisitos de la tarjeta azul-UE, suele darte más. Puede rebajar el salario exigido. Te deja sumar años vividos en otros países de la UE para la residencia de larga duración UE. Y, tras 12 meses, puedes mudarte a otro país de la UE con reglas de movilidad simplificadas.

La PAC nacional encaja si tu formación es de FP de grado superior, si tienes experiencia pero no un título superior, o si el contrato dura menos de seis meses.

Por ejemplo, si terminaste tu grado hace dos años y te ofrecen 35.000 € brutos al año, la tarjeta azul-UE con umbral reducido podría encajar. La PAC nacional, no.

La Ley 28/2022 facilitó este permiso y alargó de dos a tres años las autorizaciones de la Ley 14/2013. Después, la Ley 11/2023 incorporó la tarjeta azul-UE a esa ley. Por eso el nuevo Reglamento de Extranjería (RD 1155/2024) ya no la regula.

¿Trabajas en remoto para una empresa de fuera de España? Entonces tu vía es el visado de nómada digital.

Requisitos

Lo que se te pide a ti

  • No ser ciudadano de la UE, del EEE o de Suiza, ni familiar al que se aplique el régimen de ciudadano de la Unión.
  • Ser mayor de 18 años y no estar en España en situación irregular.
  • No tener antecedentes penales en España ni en los países donde hayas vivido los últimos dos años.
  • No figurar como rechazable en los países con los que España tiene convenio.
  • Tener seguro médico público o privado con una aseguradora autorizada en España.
  • Tener medios económicos para ti y tu familia. Normalmente basta con el propio contrato.
  • Pagar la tasa.

Formación o experiencia

  • PAC nacional: título equiparable al menos al nivel 1 del MECES (Técnico Superior). De forma excepcional, tres años de experiencia profesional equiparable.
  • Tarjeta azul-UE: título de enseñanza superior de tres años como mínimo, de nivel 2 del MECES (grado) o superior. O cinco años de experiencia equiparable. En puestos TIC bastan tres años dentro de los últimos siete.
  • Si la profesión está regulada en España, necesitas la homologación del título.

Salario mínimo en 2026

ModalidadSalario bruto anual mínimo
Tarjeta azul-UE (general)41.356,36 €
Tarjeta azul-UE (reducido)33.085,09 €
PAC nacional41.356,36 € (sin reducción)

La Orden PJC/44/2026 fija el umbral en 1,4 veces la ganancia media anual bruta que publica el INE. Con el dato de 2024 (29.540,26 €), la UGE-CE publicó estas cifras en junio de 2026.

El umbral reducido es el 80 % del general. Se aplica si obtuviste tu título en los tres años anteriores a la solicitud. También si el puesto es de los grupos 1 y 2 de la CNO-2011 y figura en el catálogo de ocupaciones de difícil cobertura.

Cuando el INE publica un dato nuevo, el umbral cambia para las solicitudes presentadas un mes después. Comprueba la cifra vigente antes de firmar el contrato.

Lo que se pide a la empresa

Hoy no se exige que la empresa sea grande, facture una cifra mínima o sea de un sector estratégico. Sí tiene que:

  • Acreditar que existe: NIF, escritura de constitución inscrita y poder de quien firma.
  • Ofrecerte un contrato que respete la ley y el convenio colectivo, con el salario mínimo vigente.
  • Si presenta ella la solicitud, firmarla con su certificado electrónico de representante.

Tu familia

Pueden venir contigo tu cónyuge o pareja, tus hijos menores y tus ascendientes a cargo. También los hijos mayores que dependan económicamente de ti y no hayan formado su propia familia. Piden su autorización con el formulario MI-F, a la vez que tú o más tarde.

Documentos

Lo que suele pedir la UGE-CE en la solicitud inicial:

  • Formulario MI-T, firmado por la empresa o por ti.
  • Copia completa del pasaporte en vigor.
  • Certificado de antecedentes penales de cada país donde hayas vivido los últimos dos años. Además, una declaración responsable sobre los últimos cinco años.
  • Título superior legalizado o apostillado (y homologado si la profesión es regulada), o pruebas de tu experiencia.
  • Seguro médico, salvo que ya estés cubierto por el Sistema Nacional de Salud.
  • De la empresa: NIF, escritura inscrita, documento que acredite la representación y DNI o NIE del firmante.
  • Contrato de trabajo firmado por las dos partes.
  • Justificante de pago de la tasa.

Para el visado, el consulado pide pasaporte con un año de validez como mínimo, antecedentes penales, certificado médico, copia del contrato firmado y justificante de la tasa del visado.

Los documentos extranjeros deben ir traducidos al castellano y legalizados o apostillados, salvo que un convenio lo evite. La UGE-CE puede pedirte otros documentos.

Paso a paso

  1. Revisa la oferta con la empresa. Elige modalidad, comprueba el salario y mira si tu profesión está regulada.
  2. Prepara tus documentos. Pide los antecedentes, legaliza o apostilla tus títulos y encarga las traducciones juradas.
  3. Presentación online. Normalmente la empresa presenta la solicitud en la sede electrónica de la UGE-CE. La hoja informativa oficial también permite que la presentes tú o un representante.
  4. Tasa. Se paga con el modelo 790, código 038, epígrafe 7.1, en los 10 días hábiles siguientes a la admisión a trámite.
  5. Resolución. La UGE-CE tiene 20 días. Si no contesta, la autorización se entiende concedida (silencio positivo).
  6. Visado. Tienes un mes desde la notificación a la empresa para pedirlo en persona en tu consulado. Resuelve en 10 días hábiles y tienes un mes para recogerlo.
  7. Entrada y alta. Entra en España durante los tres meses de validez del visado. La empresa te da de alta en la Seguridad Social en los tres meses siguientes a tu entrada.
  8. TIE. En el mes siguiente al alta, pide en persona tu TIE (tarjeta de identidad de extranjero) en la policía.

Tu familia puede presentar su solicitud a la vez que tú. Si ya vives en España con otro permiso, consúltanos antes: el camino puede ser distinto.

Costes y tasas

ConceptoImporte
Tasa de la autorización inicial (790-038, epígrafe 7.1)73,26 €
Tasa de renovación (790-038, epígrafe 7.2)78,67 €
TIE, primera tarjeta16,08 €
TIE, renovación19,30 €
Visado en el consuladoSegún consulado y nacionalidad

Cada familiar paga su propia tasa del mismo epígrafe. Suma también traducciones juradas, apostillas y, si hace falta, la homologación del título.

Importes de la tasa 038 según el Portal de Inmigración de la UE (Comisión Europea). El formulario oficial 790-038 calcula el importe exacto al pagar. Las tasas de la TIE están en la Orden PJC/617/2025.

Con nosotros puedes empezar con una llamada gratis o con una asesoría personalizada de 50 €.

Errores frecuentes

  • Quedarse corto de salario. Cuenta el bruto anual del contrato. Con jornada parcial, la UGE-CE exige igualmente el salario anual completo.
  • Elegir mal la modalidad. Si te titulaste hace tres años o menos, quizá te sirva el umbral reducido de la tarjeta azul-UE. En la PAC nacional no existe.
  • Títulos sin legalizar o sin homologar. En profesiones reguladas, la homologación es obligatoria.
  • Antecedentes incompletos. Necesitas el certificado de cada país donde hayas vivido en los últimos dos años.
  • Un seguro médico que no vale. La aseguradora debe estar autorizada para operar en España.
  • Dejar pasar plazos. Un mes para pedir el visado, otro para recogerlo y un mes desde el alta para pedir la TIE.

Duración y renovación

La autorización inicial dura tres años. Si tu contrato es más corto, dura lo mismo que el contrato más tres meses, sin pasar de tres años.

  • Cuándo: en los 60 días naturales antes de que caduque, o en los 90 días posteriores (con posible expediente sancionador). Si la pides a tiempo, tu autorización sigue vigente hasta que resuelvan.
  • Cuánto dura: dos años. Puedes volver a renovarla por periodos de dos años si mantienes las condiciones.
  • Cómo: online ante la UGE-CE, con la tasa 790-038, epígrafe 7.2. Resuelven en 20 días, con silencio positivo.
  • Después: pide la nueva TIE en el mes siguiente a la notificación.

¿Y si pierdes el trabajo? Según un criterio de gestión de junio de 2025, la residencia se mantiene mientras cobres el subsidio de desempleo al que tengas derecho. En la tarjeta azul-UE, las normas europeas permiten retirarla si acumulas más de tres meses en paro (seis, si ya la tienes desde hace dos años o más).

Con cinco años de residencia legal y continuada podrás pedir la residencia de larga duración. Con la tarjeta azul-UE puedes sumar años vividos en otros países de la UE, si los dos últimos los pasas en España con ella. Tu residencia legal en España también cuenta para la nacionalidad española.

Cómo te ayudamos

Somos consultores de extranjería en Madrid. Te ayudamos así:

  • Revisamos tu título, tu experiencia y la oferta, y te decimos qué modalidad encaja mejor: PAC nacional o tarjeta azul-UE.
  • Comprobamos el salario frente al umbral vigente y si puedes usar el reducido.
  • Preparamos con la empresa el expediente para la UGE-CE: formulario, documentos y tasa. Si hace falta un representante habilitado, trabajamos con profesionales colaboradores.
  • Te guiamos con antecedentes, apostillas, traducciones juradas y homologación.
  • Te acompañamos en el visado, el alta y la cita de la TIE, y te avisamos a tiempo de la renovación.

Empieza con una llamada gratis o reserva una asesoría personalizada de 50 €.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el salario mínimo de la tarjeta azul en 2026?

Con el dato publicado por la UGE-CE en junio de 2026, 41.356,36 € brutos al año. Baja a 33.085,09 € si te titulaste en los tres años anteriores o en ciertas ocupaciones de difícil cobertura. La PAC nacional pide 41.356,36 € sin reducción.

¿Necesito un título universitario?

Para la tarjeta azul-UE, un título superior de al menos tres años o cinco años de experiencia (tres en puestos TIC). Para la PAC nacional basta un título de Técnico Superior o tres años de experiencia equivalente.

¿Quién presenta la solicitud?

Normalmente la empresa que te contrata, online ante la UGE-CE. La hoja informativa oficial también permite que la presentes tú o un representante. Las renovaciones las presentas tú.

¿Qué pasa si no contestan en 20 días?

La autorización se entiende concedida por silencio administrativo positivo. Puedes pedir en la sede electrónica que se reconozca por escrito.

¿Puede venir mi familia?

Sí. Tu cónyuge o pareja, tus hijos y tus ascendientes a cargo pueden pedir su autorización con el formulario MI-F, a la vez que tú o más tarde. Cada uno paga su tasa.

¿Y si trabajo en remoto para una empresa extranjera?

Este permiso es para trabajar para una empresa en España. Si tu empleador está fuera, mira el visado de nómada digital.

Fuentes oficiales

Esta información es orientativa y no sustituye el estudio de tu caso. Las cifras y las tasas cambian, y revisamos esta página cada vez que cambia la normativa.